A partir del 1° de junio rige el nuevo valor fijado por la Secretaría de Trabajo. La hora de trabajo se estableció en $1.839. La medida modifica los topes de acceso a programas de ANSES y los montos del fondo de desempleo.
Desde este lunes 1° de junio de 2026, comenzó a regir el nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en todo el territorio nacional, fijado en $367.800 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa. Asimismo, para el personal jornalizado, el valor de la hora de trabajo quedó establecido en $1.839.
La actualización del piso salarial responde al esquema de incrementos mensuales dispuesto por el Gobierno Nacional mediante la Resolución 9/2025 de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, luego de que no se alcanzara un acuerdo paritario en el Consejo del Salario Mínimo. La normativa contempla un sendero de aumentos escalonados vigentes hasta agosto de este año.
Impacto en el mercado laboral y la seguridad social
Si bien el salario mínimo funciona principalmente como el piso legal regulatorio para aquellos empleados que se encuentran fuera de los convenios colectivos de trabajo, su actualización tiene un impacto directo en diversas prestaciones administradas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES):
- Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo (AUE): Los topes máximos de ingresos familiares permitidos para percibir estas asignaciones se equiparan de forma automática con el nuevo valor del SMVM.
- Becas Progresar: El requisito de vulnerabilidad socioeconómica exige que los ingresos del grupo familiar del postulante no superen los tres salarios mínimos (equivalentes ahora a $1.103.400).
- Fondo de Desempleo: Los montos asignados para los trabajadores despedidos sin justa causa se corrigen de manera proporcional.
Nuevos topes para la prestación por desempleo
Con el incremento del salario mínimo, las bandas de cobro del fondo de desempleo se actualizaron bajo el siguiente esquema:
- Monto mínimo: $183.900 (calculado sobre el 50% del SMVM).
- Monto máximo: $367.800 (equivalente al 100% del SMVM).
Cabe recordar que el subsidio está destinado a trabajadores en relación de dependencia desvinculados de sus puestos y el trámite debe completarse dentro de los 90 días hábiles posteriores al despido para evitar reducciones proporcionales en el cobro.
Situación de los jubilados
La normativa previsional vigente establece que los jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que cuenten con 30 años de aportes efectivos sin moratoria tienen garantizado un haber equivalente al 82% del SMVM. Con los valores de junio, dicho porcentaje se ubica en $301.596.
Sin embargo, debido a que la jubilación mínima actual se posiciona en $403.317,99 —una cifra notoriamente superior al límite del 82% móvil—, la ANSES no liquidará ningún beneficio o plus complementario para este universo de aportantes durante el período en curso.

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