El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires puso en marcha el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal, una iniciativa destinada a facilitar la refinanciación de deudas de consumo para vecinos que atraviesan dificultades económicas.
La medida será implementada tras la reglamentación de la Ley 6.959 y permitirá acceder a nuevas líneas de crédito para cancelar o refinanciar deudas originadas por tarjetas de crédito y préstamos personales en mora. El esquema contempla un plazo mínimo de devolución de 24 meses y una Tasa Nominal Anual (TNA) fija de hasta el 35%.
El programa comenzará a regir el próximo 3 de agosto y los interesados dispondrán de un período de 60 días para solicitar el acceso al beneficio.
El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, destacó el alcance de la iniciativa y señaló: «Las familias porteñas podrán refinanciar sus deudas de tarjetas de crédito y préstamos en mora con más plazo y una tasa de interés fija. Es un alivio para la clase media que trabaja, se esfuerza y quiere ponerse al día».
Requisitos para acceder al programa
La refinanciación estará destinada a personas que cumplan una serie de condiciones establecidas por la normativa.
Podrán acceder quienes tengan deudas por tarjetas de crédito o préstamos personales otorgados por entidades financieras y registren una mora de entre 60 y 180 días, correspondiente a las situaciones 2 o 3 según la clasificación del Banco Central.
Además, será necesario acreditar ingresos familiares inferiores a diez salarios mínimos, vitales y móviles, destinar más del 30% de los ingresos mensuales del hogar al pago de deudas y contar con un domicilio real en la Ciudad de Buenos Aires con al menos dos años de residencia.
Quiénes no podrán solicitar el beneficio
La ley también establece una serie de exclusiones.
Quedarán fuera del programa quienes sean propietarios de más de un inmueble, posean vehículos con menos de cinco años de antigüedad —salvo aquellos utilizados con fines laborales debidamente acreditados—, sean titulares de embarcaciones, aeronaves o bienes suntuarios registrables, o cuenten con activos financieros cuyo valor supere el monto de la deuda que buscan refinanciar.
Tampoco podrán acceder quienes hayan adquirido moneda extranjera durante el período en el que se generaron las obligaciones que pretenden incluir en el programa.
Participación del Banco Ciudad y otras entidades
La refinanciación será ofrecida por el Banco Ciudad y por las entidades financieras bancarias y no bancarias que decidan adherirse a la iniciativa.
Las instituciones interesadas tendrán tiempo hasta el 31 de julio para incorporarse al programa y podrán ofrecer condiciones incluso más favorables que las previstas en la normativa.
Asimismo, la ley dispone que el Banco Ciudad, a través de Ciudad Microempresas S.A.U., implemente una línea específica destinada a emprendedores y trabajadores no registrados que mantengan deudas con la entidad y presenten atrasos de entre 60 y 180 días.
Como incentivo para ampliar la participación del sistema financiero, el Gobierno porteño otorgará una reducción del 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicado a los intereses obtenidos por los créditos otorgados en el marco del programa.

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