26 junio, 2026

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La Ciudad endurece las sanciones contra trapitos y limpiavidrios: podrán ser arrestados hasta 60 días

La Legislatura porteña aprobó una reforma del Código Contravencional que incorpora penas de arresto, multas más elevadas y sanciones para quienes organicen o financien estas actividades.

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una reforma del Código Contravencional que endurece las sanciones contra los cuidacoches y limpiavidrios que ejerzan la actividad sin autorización. La nueva normativa incorpora penas de arresto de hasta 60 días en los casos más graves y amplía las medidas para combatir la organización de estas prácticas en la vía pública.

La iniciativa, impulsada por el Ejecutivo porteño, fue aprobada con 36 votos afirmativos y quedó establecida en la Ley 6961.

Arrestos y penas más severas

Hasta ahora, quienes realizaban estas actividades sin autorización eran sancionados principalmente con multas económicas. Con la reforma, la Justicia Contravencional podrá aplicar además arrestos, trabajos de utilidad pública e incluso inhabilitaciones para acceder a determinados beneficios estatales.

Las penas previstas son:

  • Entre 10 y 30 días de arresto para cuidacoches que trabajen sin autorización en la vía pública.
  • De 20 a 50 días de detención cuando la actividad se realice de manera organizada o en banda durante eventos masivos.
  • Hasta 60 días de arresto para quienes organicen, promuevan o dirijan estas actividades.
  • Las penas podrán duplicarse cuando existan situaciones de intimidación, violencia, acoso o discriminación por razones de género.

Además, las multas económicas aumentan considerablemente y el trabajo de utilidad pública podrá extenderse entre 20 y 45 días.

Mayor control durante eventos masivos

Uno de los principales cambios de la ley es la ampliación del control en los eventos masivos.

La prohibición ya no se limita a espectáculos deportivos o artísticos, sino que abarca cualquier evento de gran concurrencia realizado en la Ciudad de Buenos Aires.

La Policía podrá intervenir en un radio de hasta 50 cuadras alrededor del lugar del evento, desde seis horas antes de su inicio y hasta tres horas después de su finalización.

Según el Gobierno porteño, la medida busca impedir la concentración de grupos organizados que realizan cobros indebidos a conductores en las inmediaciones de estadios, teatros y otros espacios de convocatoria.

También habrá sanciones para organizadores

La reforma incorpora responsabilidades para clubes, instituciones u organizadores que faciliten o financien la actividad ilegal de los trapitos.

En esos casos, las multas podrán duplicarse, alcanzar las 20.000 unidades fijas y contemplar clausuras de hasta 90 días para los establecimientos involucrados.

Restricciones para acceder a beneficios sociales

La nueva normativa también establece que quienes participen de estas actividades organizadas durante eventos masivos podrán quedar inhabilitados por hasta dos años para acceder a programas sociales, subsidios o beneficios otorgados por el Gobierno de la Ciudad.

Contravención, no delito penal

La ley mantiene estas conductas dentro del ámbito contravencional, por lo que no generan antecedentes penales. Sin embargo, si durante un procedimiento se detectan delitos como amenazas, extorsión, lesiones o coacción, la causa podrá pasar a la Justicia Penal y contemplar penas de mayor gravedad.

Desde el Gobierno porteño señalaron que la Ley 6961 ya se encuentra vigente y comenzará a aplicarse en los próximos eventos masivos con un esquema de controles reforzado.